El Tribunal Administrativo admitió la demanda presentada
por el abogado Álvaro García Velásquez contra el artículo 51 del Acuerdo
Municipal 029 de 2024, que regula el impuesto predial unificado en Chinchiná
para la vigencia 2025.
La acción, interpuesta bajo el medio de control de
nulidad simple, busca que se declare la nulidad del mencionado artículo y, como
medida cautelar, se suspenda de inmediato el recaudo del predial hasta que el
Concejo Municipal expida un nuevo acuerdo ajustado a la ley.
Según el demandante, el Concejo de Chinchiná omitió
incluir los límites al incremento del predial que establece la normativa
nacional, lo que habría vulnerado el principio de reserva de ley en materia
tributaria.
La decisión del Tribunal ordena notificar al alcalde
municipal, al presidente del Concejo, a la Procuraduría, a la Agencia Nacional
de Defensa Jurídica del Estado y al Ministerio Público. Además, exige que tanto
la Alcaldía como el Concejo informen a la ciudadanía sobre la existencia del
proceso publicando el auto admisorio y la demanda en sus páginas web oficiales.
La comunidad tendrá acceso a los documentos, y se abre un
término de 30 días para que la parte demandada, los órganos de control y
quienes tengan interés en el caso contesten la demanda, propongan excepciones o
soliciten pruebas.
El caso genera expectativa en Chinchiná, pues podría
tener efectos directos sobre el cobro del impuesto predial de este año, un tema
que impacta a miles de familias y contribuyentes del municipio.
